E) Procedimiento para levantar un acta de reparo y agregación general de la jurisprudencia.


 

E) ¿Cual es la decisión del tribunal y las sanciones si fuera el caso?


 Referencia Bibliográfica:

Las sanciones tributarias y su calculo. Luis fraga-pittaluga. (2021). Youtube.https://www.youtube.com/watch?v=OPTnrRwBUH0

Obando Laura. Recursos y defensas que poseen las empresas en el ámbito laboral y tributario- Actualidad contable FACES. Año 2013 N.21 Julio- Diciembre 2010. Mérida Venezuela. (116-126)

D) ¿Cual es el recurso que ejerció el contribuyente o sujeto pasivo para defenderse de la decisión de la administración tributaria?



C) ¿Cual es la acción u omisión (ílicito tributario)? en la que incurrió el contribuyente


 Referencias Bibliográficas:

Los ilícitos tributarios y las sanciones. Colegio de contadores públicos y las sanciones.(2021).Youtube. https://www.youtube.com/watch?v=lxtGNyblokE

Obando Laura. Recursos y defensas que poseen las empresas en el ámbito laboral y tributario- Actualidad contable FACES. Año 2013 N.21 Julio- Diciembre 2010. Mérida Venezuela. (116-126)

Sentencia N.038/2012 por el Tribunal Superior noveno de lo contensioso tributario de la circunscripción judicial del área metropolitana de Caracas.

B) ¿Cual es el hecho controvertido?


 Referencia Bibliografica:

Sentencia N.038/2012 por el Tribunal Superior noveno de lo contensioso tributario de la circunscripción judicial del área metropolitana de Caracas.

A) ¿Quiénes son los sujetos intervinientes en la controversia de la jurisprudencia asignada?


 Referencia Bibliográfica:

Obando Laura. Recursos y defensas que poseen las empresas en el ámbito laboral y tributario- Actualidad contable FACES. Año 2013 N.21 Julio- Diciembre 2010. Mérida Venezuela. (116-126)

Setencia N.038/2012 por el Tribunal Superior noveno de lo contensioso tributario de la circunscripción judicial del área metropolitana de Caracas.


E) Ejemplificar conceptual e ilustrativamente la clasificación de los tributos, la clasificación del impuesto, las tasas y las contribuciones especiales.

 

Referencias Bibliográficas: 

Ley Orgánica Tributaria, 18 de Noviembre de 2014. Gaceta Oficial del estado N. 6.152.

D) Ejemplificar conceptual e ilustrativamente las características del derecho tributario y sus fuentes.

Referencias Bibliográficas: 

DERECHO TRIBUTARIO CONCEPTO. Alicia Rosas Reyes. (2017). Youtube. https://www.youtube.com/watch?v=pcnkhfAJRUw
 

C) Ejemplificar conceptual e ilustrativamente la compensación en el caso de los impuestos indirectos.


 

B) Ejemplificar conceptual e ilustrativamente el pago.

 


A) ¿Cuales son los modos de extinción de la obligación tributaria?


 La obligación tributaria es el vinculo entre el estado o las entidades acreedoras de tributos y los contribuyentes o responsables de ello.Nace una vez que se ha verificado la realización del hecho generador, así, sujeto pasivo adquiere una obligación que debe cumplir.

MEDIOS DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

-Sujeto activo: quien reclama el pago del tributo.

-Sujeto pasivo: quien está obligado al pago del tributo.

-Hecho imponible: es el pago del tributo.

-Existen medios indirectos que destruyen elementos genéricos o bien sea anulidad.

-Directos que extinguen la obligación inmediata.

-Satisfactorios que ademas de extinguir procuran la duración de vida.

-No satisfactorio es la perdida de la cosa de vida.


MODOS DE EXTINCIÓN 

EL PAGO: Por parte del contribuyente o responsable es la manera natural de extinguir la obligación, ya que de acuerdo con la constitución en su art. 133 señala que todos estamos obligados a contribuir con el gasto público.

COMPENSACIÓN: De créditos o débitos líquidos y exigibles, entre los contribuyentes y la administración extinguen de pleno derecho y hasta la concurrencia, los créditos no prescritos, líquidos y exigible del contribuyente, por concepto de tributo, intereses, multa y costas procesales, con las deudas tributarias por los mismos.

Ejemplo: Se da cuando un contribuyente tiene un crédito fiscal a su favor y al final del ejercicio o mes calendario compensa ese crédito con el débito, que posee para ese momento.

CONFUSIÓN: La obligación tributaria se extingue por confusión, cuando el sujeto activo quedara colocado en la situación del deudor, como consecuencia de la transmisión de los bienes o derechos objetos del tributo.

Ejemplo: Es el caso de las herencias yacentes, es decir, cuando una persona muere sin dejar herederos, y es el fisco el llamado a recibir, ocurriendo que el sujeto activo de la obligación, que es el estado se convierte en sujeto pasivo o contribuyente, en cuyo pasivo figure deudas tributarias y por lógica el mismo no se va a pagar y por ende se extiende.

REMISIÓN: La obligación de pago de los tributos sólo puede ser condonada o remitida por ley especial.La condenación o remisión de los impuestos y de otras obligaciones accesorias, como intereses y hasta las multas puede, excepcionalmente, hacerse a través de medidas de carácter general dictadas por medio de leyes o disposiciones legales de administración. Pero también puede ser objeto de una decisión concreta en relación a una obligación tributaria particular, pero prevista en una disposición legal de una ley.

Ejemplo: El presidente puede a través de una ley de remisión perdonarle a determinada categoría de contribuyente, las deudas que posean de una manera parcial o total aún así cuando el estado venezolano necesite liquidez puede utilizar esa herramienta.

PRESCRIPCIÓN: Junto al pago, es ésta la modalidad más utilizada en el campo del derecho tributario, como fórmula para extinguir la obligación tributaria,quedando el contribuyente liberado de tal obligación por falta de acción de la adjudicación 

DACIÓN EN PAGO: El acto en virtud del cual el deudor, voluntariamente, realiza a titulo de pago, una prestación diversa de la debida al acreedor, quien consiente en recibirla en sustitución de ésta.


Referencias Bibliográficas:

DERECHO TRIBUTARIO CONCEPTO. Alicia Rosas Reyes.(2017). Youtube. https://www.youtube.com/watch?v=pcnkhfAJRUw

Teoría General del derecho tributario. Javier Chacon. (2018). Youtube. https://www.youtube.com/watch?v=kVeTGSB9h_I

Medios de extinción de la obligación tributaria. Wualmort Moreno.( 7 Junio de 2017). Youtube. https://www.youtube.com/watch?v=uM0JubpifvE

Tareas Jurídicas. Tareas Jurídicas es un blog de educación tributaria. Copyright 2021. Recuperado de https://tareasjuridicas.com/2017/09/17/medios-de-extincion-de-la-obligacion-tributaria/

e) Explicar qué es la administración tributaria? sus potestades y sus facultades.

 

Es el ente encargado por el ejecutivo nacional para realizar la recaudación de ejecutar procedimientos de verificación y fiscalización de los tributos controlando y ejerciendo una inspección sobre las actuaciones de los entes pasivos, está facultando para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias según normas y leyes establecidas luego de determinado hecho imponible.


Según Homes (2002) señala que los términos facultades, atribuciones y funciones, son utilizados frecuentemente como sinónimos para denotar aquella situación en la que el órgano de la administración se considere legitimado para obrar o actuar un determinado asunto.

El objetivo principal es la recaudación de los tributos atribuidos a su competencia por mandato de la constitución y la ley. Ya que su base legal se encuentra en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) en su artículo 317.

La administración tributaria forma parte de la administración pública, por lo cual sus facultades deben regirse en apego a el marco jurídico. Por lo que deben actuar respetando los derechos garantizados en la constitución, al momento de ejercer sus facultades de lo contrario los actos realizados sufrirían de nutilidad.

ESTE ÓRGANO COMPETENTE TIENE LAS SIGUIENTES FUNCIONES:

-Recaudar los tributos, intereses, sanciones y otros accesorios.

-Liquidar los tributos, intereses, sanciones y otros accesorios, cuando fuere procedente.

-Asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias solicitando de los organos judiciales, las medidas cautelares, coactivas de acción ejecutiva.

-Realizar fiscalizaciones en sus propias oficinas a través de las declaraciones, presentes por los contribuyentes y responsables considerando la información suministrada por los comprobantes de la actividad que realicen.

-Adoptar mecanismos que impidan el resguardo de documentos importantes, desaparición o destrucción de los mismos.

FACULTADES: 

Art. 141 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) establece que:

La administración pública está el servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho.

El Código Orgánico Tributario (2001) muestra en su art 127, las facultades de fiscalización y determinación tributaria indicando que la administración tributaria dispondrá de amplias facultades de para comprobar y exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Reajustar el valor de la unidad tributaria( ordinal 15)

En ejercicio de la función de cumplimiento de la obligación tributaria, corresponde a la administración tributarias, establecer plazos (especiales) para la prestación de declaraciones juradas y pagos de los tributos, conceder prorrogas o facilidades de pago.

Ejercer la inspección sobre las actuaciones de sus funcionarios. De los preceptos legales siguientes previstos en el Código Orgánico Tributario se evidencia el interés del legislador en actualizar y modernizar la administración tributaria para que se encuentre a la par de los nuevos sistemas informativos, electrónicos y en general tecnología.


Es importante conocer que el Código Orgánico Tributario reconoce  en su art 127. una serie de conductas dirigidas a dicho objetivo, las cuales en atención a su especial naturaleza, por representar limitaciones al ejercicio de derechos.

Referencias Bibliográficas: 

Araquereyna.(5 Febrero 2020).Yariana Perez. Recuperado de https://araquereyna.com/sobre-la-reforma-de-codigo-organico-tributario/


d) Ejemplificar conceptual e ilustrativamente la diferencia entre exenciones y exoneraciones.

 


Referencia Bibliográficas:

Exención y Exoneración. Ademar Cruz.( 25 Abril 2020). Youtube. https://www.youtube.com/watch?v=fWIEZwQtvlU

c) Ejemplificar conceptual e ilustrativamente la diferencia entre contribuyente y responsable.


 Referencia Bibliográfica:

Aquí se habla derecho.Blog del abogado Edgar Varela Copyright 2020. Recuperado de https://aquisehabladerecho.com/2017/05/20/la-administracion-tributaria/

b)Ejemplificar conceptual e ilustrativamente el hecho imponible.


 Referencia Bibliográfica: 

Expansión.2021-Unidad Editorial información economica S.L. Recuperado de https://www.expansion.com/economia-para-todos/impuestos/que-es-el-hecho-imponible.html

a)¿Como se establece y cómo está compuesta la estructura obligacional tributaria?

 


Referencias Bibliográficas: 

Estructura Obligacional Tributaria Venezolana. (2016,octubre 9.) Javier Chacón. Youtube. https://www.youtube.com/watch?v=Ot6Gysr4Kw8

Ley de impuestos de tierras ociosas.